La lucha contra el exceso y el lujo parece ser, por la cantidad de noticias al respecto, uno de los grandes “fracasos” de la legislación romana. Fruto de esa lucha sin cuartel – y sin éxito – son las recurrentes leyes que, cada cierto tiempo, volvían a la palestra para aprobarse antes de, como ocurría con la anterior, cayese en el olvido. En este artículo vamos a repasar de manera breve la ingente legislación que se produjo durante la República. Pero antes de ponernos a ello, hay que recordar que esta legislación se limitaba a establecer las leyes válidas para la ciudad de Roma – y posteriormente sólo para Italia – y que, parafraseando una conocida frase cinematográfica, “lo que pasa en las provincias, se queda en las provincias”. De esta forma, los usos y costumbre que ocurrían en las ciudades del Imperio podían estar muy mal vistas en la capital, aunque fuesen llevadas a cabo por los mismos.

Por otro lado, es conveniente comentar que, pese a la permanencia de esta batalla contra el lujo a lo largo de la historia romana, las motivaciones y argumentos para mantenerla cambiaron a lo largo de los años.  En ocasiones, las leyes buscaban impedir que la riqueza se perdiera en actos espurios en una economía, recordemos, como la romana que dependía totalmente de la iniciativa privada para sufragar los gastos públicos. En otras ocasiones, las motivaciones eran más sentimentales – o al menos así se defendieron – como es el caso de Titio Livio que acusa a Manlio Vulsón de ser el culpable de traer el lujo y el refinamiento de Oriente tras sus campañas contra los Gálatas al permitir que sus propios legionarios trajesen todo tipos de objetos suntuosos y costumbres. Lógicamente, esta importación cultural supone, para Titio Livio, el principio del fin de la austera y aguerrida cultura romana.

La lucha comenzó pronto y ya a mediados del siglo V a.C. en el texto de las XII Tablas podemos contemplar prohibiciones contra los excesos, principalmente en los funerales. Las prohibiciones van desde limitar el número de velos a usar, el número de flautista que podían acompañar el sepelio o la prohibición de arrojar oro a la tumba (salvo los empastes del cadáver).

No sabemos cuándo exactamente, pero desde principios del siglo III a.C. ya existía una nueva ley contra el lujo. Y lo sabemos por una noticia indirecta; según Plutarco en el 275 a.C. Publio Cornelio Rufino, un antepasado de Cornelio Sila, que había llegado a alcanzar la dignidad de cónsul y dictador, fue expulsado del Senado por llevar consigo diez libras de plata.

Debemos esperar hasta el 215 a.C. cuando, en el contexto de la II Guerra Púnica encontremos un nuevo intento legislativo de acabar con los excesos, la Lex Oppia. Esta ley es bastante conocida ya que el objetivo principal fue limitar la exhibición de la riqueza por parte de las mujeres, a las que se le limitó la cantidad de oro que podían portar, los colores que podían usar al vestir o desplazarse por dentro de Roma en carruaje. Debió tener cierto éxito pues es de las pocas que los propios romanos se preocuparon por derogar, cosa que hicieron en el 195 a.C. con la férrea oposición de Catón el Censor.

Sin embargo, la batalla contra el lujo no tardó en tener un nuevo hito, la Lex Orchia de Coenis, promulgada en 184 a.C. que, frente a la Oppia, atacará los excesos en las fiestas romanas limitando el número de convidados que pueden asistir a una cena. Y parece que este fue el nuevo frente de los legisladores romanos, pues por ahí desfilarán las siguientes leyes contra los excesos. Quizá el miedo de los legisladores romanos lo exprese Sereno Samonico cuando, un tiempo antes, expresó su miedo a una juventud que cada vez bebía más y luego, ebrios, debatían sobre el estado de la República (y cuando dicen “debate” quiere decir “organizan complots”). Sea como fuera, a la lex Orchia le seguirá la Lex Fannia Libaria (161 a.C.) que sumaba limitaciones en los alimentos que se podían consumir (se prohibían, por ejemplo, las “aves gordas untadas en su propia grasa”) así como el dinero máximo que se podía gastar en una cena. Además, añadía según algunas fuentes, que aquellos interesados en organizar una cena privada, debían jurar ante los cónsules, con una fórmula específica, que no excederían los gastos permitidos, que el vino sería de la tierra y que la cubertería utilizada no superaría un número determinado de libras de plata.

banquete romano

Escena de banquete. Museo Arqueológico de Nápoles.

La Lex Fannia debió tener cierto éxito pues en el 143 a.C. el tribuno de la plebe Titio Didio promulgó la llamada Lex Didia Sumptuaria que ampliaba el marco de acción de la ley a toda Italia, así como castigar no sólo al anfitrión de las cenas excesivas sino también a los invitados. Le siguió otra ley que debió de responder a una situación urgente pues fue aprobada mediante Senado Consulto, la Lex Licinia de Sumptu Minuendo. Posiblemente la rapidez que se procuró para su aprobación responda a lo escaso de su novedad, pues no parece aportar nuevas limitaciones o prohibiciones, limitándose en la práctica a recordar la Lex Fannia que, con el tiempo, podría estar “olvidándose”. Por estas mismas fechas aparece la Lex Aemilia Sumptuaria (115 a.C.) que prohibía nuevos alimentos en las cenas como los lirones, los moluscos y las aves exóticas.

La siguiente ley contra el lujo parte nada menos del dictador Cornelio Sila en el año 81 a.C. Sí, en un giro de guion del mejor novelista, aquel que devuelve la dignidad senatorial a su familia, promulga leyes como la que expulsó a su antepasado. La Lex Cornelia Sumptuaria no limitaba el fasto ni la gula, sino que limitaba al precio de las viandas que se podían consumir durante los banquetes, con un poco más de margen para los días especiales.

Volviendo a la “normalidad” republicana surge la Lex Antia (71 a.C.) que mantenía la cantidad máxima que se podía gastar en un banquete, pero le sumaba la prohibición a los magistrados electos y candidatos de participar en ellos – salvo los de determinadas personas -. Curiosamente el propio Macrobio alaba la ley, pero el gusto por el lujo la dejó sin uso sin ni siquiera preocuparse por derogarla. Posiblemente esta Lex Antia sea la que César intentó restituir en el 46 a.C. y de la que nos habla Cicerón.

Sin embargo, César no solo trató de rescatar leyes que cayeron en desuso, sino que se erigió como el encargado de velar por las buenas – y austeras – costumbres romanas, llegando a portar el honor de ser Prefecto de la moral (praefectus moribus). Honor que, en opinión de Cicerón, se tomó tan en serio que renunciaba a salir de la ciudad para poder vigilar más de cerca su cumplimiento. César prohibió el uso de literas, de los vestidos púrpuras y de las perlas, salvo excepciones por edad o cargo y en determinados días. También puso vigilantes en los mercados para confiscar los alimentos prohibidos – y que llegaban misteriosamente a su propia mesa.

Tras el asesinato de César parece que el Triunvirato también quiso aportar su granito de arena en lucha contra el lujo; Macrobio nos informa de una ley suntuaria a manos de Marco Antonio, aunque él mismo no le da mucha credibilidad pues no tenía al triunviro como un hombre decente. La siguiente ley suntuaria será ya bajo el principado de Augusto, aunque es más una actualización de la Lex Antia que una ley nueva. Durante el Imperio le lucha contra los excesos continua, aunque cambiará sustancialmente la táctica utilizada. En otro artículo hablaremos de esta evolución.

Imagen de portada: Mujer con baúl de perlas en un fresco encontrado en Pompeya

BIBLIOGRAFIA

  • Coudry, Marianne. Lois somptuaires et comportement économique des élites de la Rome républicaine.
  • Aulo Gelio. Noches áticas.
  • Dión Casio. Historia romana.
  • Tito Livio. Ab urbe condita.

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